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Lake Life - Mar. 2025, Montevideo

Parque Miramar, Carrasco Este, que consta de 36 exclusivos apartamentos de 1 y 2 dormitorios frente al lago

Ficha del inmueble

Tipo Edificios en Construcción
Ocupación Marzo/2025
Zona Montevideo / Carrasco
Dirección Apartamentos 1 y 2 dormitorios al Lago de Parque de Miramar, Carrasco Este
Código 8415

Los apartamentos cuentan con un diseño que incluye living comedor, cocina integrada, salida a la terraza desde el living con parrillero o el dormitorio, 2 dormitorios y 1 baño. Además, ofrecen vistas panorámicas al lago.

Entre las características adicionales, se destaca la previsión para aire acondicionado, lo que brinda mayor comodidad a los residentes. El edificio también ofrece una serie de amenidades para el disfrute de los residentes, como una piscina y un muelle al lago, un solárium, una barbacoa, un gimnasio, una lavandería y un rooftop.

Es importante mencionar que este desarrollo fue construido bajo la ley 18.795, lo que otorga exoneraciones fiscales en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto a la Transferencia de Propiedad (ITP) durante un período de 10 años. Esta exoneración puede resultar atractiva para aquellos interesados en invertir en bienes raíces.

Comodidades / Servicios

El edificio se presenta como una opción completa, que combina la serenidad, la naturaleza, la comodidad, la infraestructura, la conexión y la seguridad en un mismo lugar. También se ofrecen garajes opcionales para aquellos que deseen adquirir un espacio de estacionamiento adicional.

En cuanto a la disponibilidad, se estima que la posesión de los apartamentos estará disponible en el primer trimestre de 2025.

La Ley N.º 18.795, conocida como Ley de Vivienda Promovida, tiene como objetivo facilitar el acceso a viviendas para sectores de ingresos medios y promover la inversión privada en la construcción, refacción o ampliación de viviendas destinadas tanto a la venta como al alquiler.

Esta ley ofrece una serie de beneficios tributarios para compradores e inversores, entre los cuales se destacan:
•Exoneración del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP): Este impuesto, que corresponde al 2% del valor real del inmueble, es exonerado para el primer comprador de la vivienda promovida. 
•Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Los ingresos derivados de la enajenación, construcción, refacción, ampliación y reciclaje de viviendas promovidas están exonerados de IVA. 
•Exoneración del Impuesto al Patrimonio: Los propietarios de viviendas promovidas están exonerados de este impuesto durante 10 años. 
•Exoneración del Impuesto a la Renta: Las rentas generadas por el arrendamiento de viviendas promovidas están exoneradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) durante 10 años. 
 
Además de los beneficios tributarios, la ley busca incentivar la renovación urbana en zonas centrales de Montevideo y en áreas urbanas del interior del país, promoviendo proyectos que contribuyan a la integración social y al mejor aprovechamiento de la infraestructura existente. 
 
Para los inversores, estos incentivos hacen que la inversión en viviendas promovidas sea más atractiva, al reducir costos y mejorar la rentabilidad de los proyectos. Para los compradores, especialmente aquellos de sectores de ingresos medios, la ley facilita el acceso a viviendas de calidad a precios más accesibles.

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