Rodeado de las arterias mas importantes de la ciudad, resultando un excelente lugar para vivir con excelente conectividad.
El edificio está compuesto por 20 departamentos, de los cuales 15 unidades con 3 tipologías diferentes de 1 dormitorio y 5 unidades 2 dormitorios, opción a comprar garajes simples y doble.
Todas las unidades se destacan por las amplias dimensiones, terrazas de uso exclusivo, cocinas con muebles bajo y sobre mesadas y campanas, como livings con Aire Acondicionado, pre instalación para lavarropas, placares y persianas en dormitorios.
En el piso 6 se encuentra el salón de usos múltiples SUM con dos parrilleros, uno interior y el otro Rooftop exterior Solárium.
El edificio se encuentra comprendido con los Beneficios de la Ley 18795, libre de impuestos.
Forma de pago:
- a) Bancario: 5% de Reserva, 5% al compromiso, 10% durante la obra y 80% por Banco.
- b) Durante la obra: 10% de Reserva, 20% al compromiso, 60 % durante la obra y 10% a la ocupación.
Gastos de ocupación: Mas 4%.
Posesión diciembre 2025.
La Ley N.º 18.795, conocida como Ley de Vivienda Promovida, tiene como objetivo facilitar el acceso a viviendas para sectores de ingresos medios y promover la inversión privada en la construcción, refacción o ampliación de viviendas destinadas tanto a la venta como al alquiler.
Esta ley ofrece una serie de beneficios tributarios para compradores e inversores, entre los cuales se destacan:
•Exoneración del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP): Este impuesto, que corresponde al 2% del valor real del inmueble, es exonerado para el primer comprador de la vivienda promovida.
•Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Los ingresos derivados de la enajenación, construcción, refacción, ampliación y reciclaje de viviendas promovidas están exonerados de IVA.
•Exoneración del Impuesto al Patrimonio: Los propietarios de viviendas promovidas están exonerados de este impuesto durante 10 años.
•Exoneración del Impuesto a la Renta: Las rentas generadas por el arrendamiento de viviendas promovidas están exoneradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) durante 10 años.
Además de los beneficios tributarios, la ley busca incentivar la renovación urbana en zonas centrales de Montevideo y en áreas urbanas del interior del país, promoviendo proyectos que contribuyan a la integración social y al mejor aprovechamiento de la infraestructura existente.
Para los inversores, estos incentivos hacen que la inversión en viviendas promovidas sea más atractiva, al reducir costos y mejorar la rentabilidad de los proyectos. Para los compradores, especialmente aquellos de sectores de ingresos medios, la ley facilita el acceso a viviendas de calidad a precios más accesibles.